La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos hermanos por un delito contra la salud pública, derivado de haber vendido cinco dosis de cocaína y una de cannabis desde un domicilio de Utrera. En concreto, la condena pasa por dos años de cárcel y sendas multas de 252 euros, aunque suspende sus penas de prisión «con la condición de que no vuelvan a cometer delito alguno en el plazo de dos años».
En una sentencia recogida por Europa Press, la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla declara probado, fruto de un acuerdo de conformidad entre la Fiscalía y los acusados -J.G.S. y Y.G.S., el primero de ellos con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia-, que los mismos «vendieron sustancias estupefacientes de forma ocasional» en un domicilio de Utrera.
Más al detalle, la sentencia atribuye a estas personas la distribución de diferentes dosis, cinco de cocaína y una de cannabis, reconociendo que en el momento de los hechos, J.G.S. era «consumidor de sustancias estupefacientes de larga evolución, lo que merma sus capacidades volitivas».
Ambos acusados «han manifestado cómo efectivamente, de forma puntual, concretamente en las seis ocasiones que se relatan en el escrito de conclusiones del ministerio fiscal, procedieron a vender pequeñas cantidades de hachís y de cocaína a terceras personas». Asimismo, la sentencia achaca a los inculpados un delito contra la salud pública, pero en su subtipo atenuado «dada la escasa entidad del tráfico enjuiciado observado, que se redujo a solo seis transmisiones de un total de cinco papelinas de cocaína y una porción de hachís, valoradas en menos de 90 euros». Además, la sentencia admite la atenuante de drogadicción en el caso de J.G.S.

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