Así lo ha determinado el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía tras anular los pliegos y estimar parcialmente el recurso interpuesto por el PSOE. El portavoz, José María Villalobos, explica en una comparecencia pública ante los medios de comunicación el contenido de la resolución de este tribunal
El Ayuntamiento de Utrera tendrá que volver a sacar a licitación el contrato del servicio de la recogida de basuras y limpieza viaria de Utrera. Así lo ha estimado el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía tras anular los pliegos, que entre otros documentos, rigen el procedimiento de adjudicación de dicho contrato.
Tras la difusión emitida por el gobierno municipal de Francisco Jiménez en las redes sociales del Ayuntamiento de Utrera de que tan sólo se debían efectuar unas correcciones administrativas, éstas supondrán sacar de nuevo a concurso dicho contrato. Así lo ha querido dejar claro en una comparecencia pública para todos los medios de comunicación de Utrera, el portavoz municipal del Partido Socialista, José María Villalobos, a quien el tribunal ha estimado parcialmente seis de las alegaciones presentadas.

Dictamen de la resolución emitida por el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
En la resolución emitida por este tribunal con fecha 31 de octubre de 2025 «se estima parcialmente el recurso especial en materia de contratación interpuesto por D. JM. V. R., contra los pliegos que, entre otra documentación, rigen el procedimiento de licitación del contrato denominado «Servicio de recogida y transporte de residuos sólidos urbanos, limpieza viaria y punto limpio y otros servicios públicos ambientales afines del término municipal de Utrera», expediente número SV53/2024, convocado por el Ayuntamiento de Utrera y, en consecuencia, anular dichos actos para que por el órgano de contratación – el Ayuntamiento de Utrera- proceda a la corrección de las infracciones legales cometidas, y que debe llevarse a cabo anulando los pliegos, así como los actos del expediente de contratación relacionados con su aprobación, debiendo, en su caso, convocarse una nueva licitación en la que deberá tenerse en consideración las cuestiones analizadas en los fundamentos de derecho quinto, sexto, séptimo, décimo, decimoprimero y decimosegundo» de la resolución del tribunal en las que estima las alegaciones del PSOE.
Asimismo, el portavoz del PSOE señala una de las cuestiones a las que alude el tribunal en su resolución en relación al informe de la Secretaría General del ayuntamiento que ya «advertía del riesgo de recurso especial por la limitación de la concurrencia, tras constatar que la decisión de no dividir el objeto contractual no se desarrollaba con datos concretos que acrediten la imposibilidad o inconveniencia de dividir en lotes».
Villalobos aclara que «nos hemos limitado, al igual que una empresa presentada al concurso, recurrir aquellas cuestiones del contrato que no se ajustaban a derecho y que limitaban los derechos de concurrencia de otros licitadores, entre otros aspectos».

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